DENOMINACIÓN OFICIAL EN ESPAÑOLTeletrabajador de carácter internacional
En la vía consular, la denominación oficial es «visado de residencia para teletrabajo de carácter internacional»; en la vía de autorización dentro de España, «autorización de residencia para teletrabajadores de carácter internacional».
¿Qué significa «nómada digital»?
Es la expresión habitual para referirse al nacional de un tercer país que desarrolla su trabajo a distancia para empresas situadas fuera de España mediante medios informáticos, telemáticos y de telecomunicación.
¿Son lo mismo el visado y la residencia?
No. El visado nacional obtenido en el consulado y la autorización de residencia que tramita la UGE en España son vías de solicitud distintas.
¿A quién se dirige?
Está pensado para trabajadores por cuenta ajena que pueden trabajar a distancia y para profesionales que ejercen una actividad por cuenta propia; cada expediente se valora con sus propias pruebas.
¿Qué normativa se aplica?
El marco básico son las disposiciones sobre movilidad internacional de la Ley 14/2013, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, en la redacción introducida por la Ley 28/2022, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes.